Declarar industria y comercio es diferente a pagar y ciudadanos pueden hacerlo de manera virtual
.: La declaración se
puede presentar en cualquier momento de la semana, a través de www.medellin.gov.co, según el calendario
tributario.
.: Los pagos de
industria y comercio correspondientes a abril y mayo fueron aplazados.
La Alcaldía de Medellín invita a
presentar la declaración de industria y comercio antes del 15 de mayo, cuando
comienzan a aplicar las fechas de vencimiento de la misma.
“Hay una errónea percepción de las
personas de que declarar es lo mismo que pagar. Son dos responsabilidades muy
diferentes. Los pagos de industria y comercio están aplazados hasta junio según
Resolución 2020032448632 de 2020, mientras que la declaración, se debe realizar
antes de las fechas de vencimiento establecidas en el calendario tributario”,
explicó el subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez.
La Administración Municipal, a
través de la Secretaría de Hacienda, hace un llamado a las personas para que no
presenten su declaración en el último momento. Pueden realizar el trámite desde
ya, de manera virtual, para evitar congestión en la plataforma.
La presentación en línea de la
declaración de industria y comercio se realiza a través de www.medellin.gov.co, en el botón “declaración y
pago de industria y comercio”. Allí se encuentra el video explicativo y el
manual para que los declarantes resuelvan sus inquietudes de manera inmediata.
El plazo para presentar la
declaración de industria y comercio anual se define con el último dígito de la
cédula o NIT del declarante, así:
-Hasta el 15 de mayo: cédulas
terminadas en 1
-Hasta el 18 de mayo: cédulas
terminadas en 2
-Hasta el 19 de mayo: cédulas
terminadas en 3
-Hasta el 20 de mayo: cédulas
terminadas en 4
-Hasta el 21 de mayo: cédulas
terminadas en 5
-Hasta el 22 de mayo: cédulas
terminadas en 6
-Hasta el 26 de mayo: cédulas
terminadas en 7
-Hasta el 27 de mayo: cédulas
terminadas en 8
-Hasta el 28 de mayo: cédulas
terminadas en 9
-Hasta el 29 de mayo: cédulas
terminadas en 0
Comentarios
Publicar un comentario